El 25 de abril de 1974, el Movimiento de las Fuerzas Armadas derribó el régimen fascista, coronando la larga resistencia del pueblo portugués e interpretando sus sentimientos profundos.
© Congreso de los Diputados de España
El 25 de abril de 1974, el Movimiento de las Fuerzas Armadas derribó el régimen fascista, coronando la larga resistencia del pueblo portugués e interpretando sus sentimientos profundos.
Liberada Portugal de la dictadura, la opresión y el colonialismo supuso un cambio revolucionario y el comienzo de una inflexión histórica de la sociedad portuguesa.
La Revolución ha devuelto a los portugueses los derechos y libertades fundamentales. En ejercicio de estos derechos y libertades se reunieron los legítimos representantes del pueblo para elaborar una Constitución que correspondiese a las aspiraciones del país.
La Asamblea Constituyente proclama la decisión del pueblo portugués de defender la independencia nacional, garantizar los derechos fundamentales de los ciudadanos, establecer los principios básicos de la democracia, asegurar la primacía del Estado de Derecho democrático y abrir la senda hacia una sociedad socialista, dentro del respeto a la voluntad del pueblo portugués y con vistas a la construcción de un país más libre, más justo y más fraterno.
La Asamblea Constituyente, reunida en sesión plenaria el 2 de abril de 1976, aprueba y decreta la siguiente Constitución de la Republica portuguesa.
Portugal es una República soberana, basada en la dignidad de la persona y en la voluntad popular y empeñada en construir una sociedad libre, justa y solidaria.
La República portuguesa es un Estado Democrático basado en el Derecho, la soberanía del pueblo, la expresión y organización democrática plural, el respeto y la garantía de la implementación efectiva de los derechos y libertades fundamentales, y la separación e interdependencia de poderes, todo ello con la perspectiva de alcanzar la democracia económica social y cultural y profundamente participativa.
Son ciudadanos portugueses todos aquellos que sean considerados como tales por la ley o por una convención internacional.
Son misiones fundamentales del Estado:
Los ciudadanos portugueses que se hallen o residan en el extranjero disfrutarán de la protección del Estado para el ejercicio de sus derechos y estarán sujetos a los deberes que no sean incompatibles con su ausencia del país.
El régimen de los derechos, libertades y garantías se aplicará a los derechos que se anuncian en el Título II y a los derechos de naturaleza análoga.
Todos tendrán derecho a resistir a cualquier orden que atente a sus derechos, libertades y garantías y a repeler por la fuerza toda agresión, cuando no sea posible recurrir a la autoridad pública.
El Estado y las demás entidades públicas serán civilmente responsables, de modo solidario con los titulares de sus órganos, funcionarios o agentes, por acciones u omisiones en el ejercicio de sus respectivas funciones, cuando por razón del desempeño de éstas resulte una violación de los derechos, libertados y garantías o un perjuicio a tercero.
Se garantiza a los trabajadores la seguridad en el empleo y se prohíben los despidos sin causa justa o por motivos políticos e ideológicos.
La organización económica y social se asienta sobre los siguientes principios:
Incumbe prioritariamente al Estado en el ámbito económico y social:
La ley determinará los medios y las formas de intervención y de expropiación pública de los medios de producción, así como los criterios para la fijación de la correspondiente indemnización.
La ley regulará la actividad económica y las inversiones por parte de personas individuales o colectivas extrajeras, a fin de garantizar su contribución para el desarrollo del país y defender la independencia nacional y los intereses de los trabajadores.
Se garantiza la participación efectiva de los trabajadores en la respectiva gestión en las unidades de producción del sector público.
Los planes de desarrollo económico y social tienen por objetivo promover el crecimiento económico, el desarrollo harmonioso e integrado de sectores y regiones, el justo reparto individual y regional del producto nacional, la coordinación de la política económica con las políticas social, educativa y cultural, la defensa del mundo rural, la preservación del equilibrio ecológico, la defensa del medio ambiente y de la calidad de vida del pueblo portugués.
Sin perjuicio del derecho de propiedad, el Estado promoverá, en los términos de la Ley, el redimensionamiento de las unidades de explotación agrícola con dimensión inferior a la adecuada del punto de vista de los objetivos de política agrícola, principalmente a través de incentivos jurídicos, fiscales y crediticios, a su integración estructural, o meramente económica, particularmente cooperativa, o mediante el recurso a medidas de parcelación.
En la definición de la política agrícola se asegurará la participación de los trabajadores rurales y de los agricultores a través de sus organizaciones representativas.
Son objetivos de política comercial:
Son objetivos de la política industrial:
El sistema financiero será estructurado por ley, de forma que se garantice la formación, captación y aseguramiento de ahorros, así como la aplicación de los recursos financieros necesarios para el desarrollo económico y social
El Banco de Portugal es el banco central nacional y ejerce sus funciones en los términos de la ley y de las normas internacionales a las que el Estado Portugués se vincule.
La ejecución de Presupuesto será fiscalizada por el Tribunal de Cuentas y por la Asamblea de la República que, con el parecer previo del Tribunal de Cuentas, apreciará y aprobará la Cuenta General del Estado, incluyendo la de la Seguridad Social.
El poder político pertenece al pueblo y se ejerce en los términos de la Constitución.
La participación directa y efectiva de los hombres y mujeres en la vida política constituye condición e instrumento fundamental de consolidación del sistema democrático, debiendo la ley promover la igualdad en el ejercicio de los derechos cívicos y políticos y la no discriminación en función del sexo en el acceso a los cargos políticos.
El Presidente de la República representa a la República portuguesa, garantiza la independencia nacional, la unidad del Estado y el regular funcionamiento de las instituciones democráticas y es comandante supremo de las Fuerzas Armadas.
Son elegibles los ciudadanos electores portugueses de origen, mayores de 35 años.
“Juro por mi honra desempeñar fielmente las funciones para las que he sido investido y defender, cumplir y hacer cumplir la Constitución de la República portuguesa”.
Compete al Presidente de la República en relación con otros órganos:
Corresponde al presidente de la República en concepto de actos propios:
Corresponde al Presidente de la República en materia de relaciones internacionales:
La falta de promulgación o de sanción por el Presidente de la República de cualquiera de los actos previstos del artículo 134.b) implica su inexistencia jurídica.
El consejo de Estado es el órgano político de consulta del Presidente de la República.
El Consejo de Estado es presidido por el Presidente de la República y se compone de los siguientes miembros:
Compete al Consejo de Estado:
Los criterios del Consejo de Estado previstos en los apartados a) y e) del artículo 145 se emitirán en la reunión que, a este fin, se convoque por el Presidente de la República, y se harán públicos cuando se lleve a la práctica el acto a que se refieren.
La Asamblea de la República es la Asamblea representativa de todos los ciudadanos portugueses.
La Asamblea de la República tendrá un mínimo de 180 y un máximo de 230 Diputados en los términos de la ley electoral.
Son elegibles los ciudadanos portugueses electores, salvo las restricciones que la ley electoral establece en virtud de incompatibilidades locales o del ejercicio de ciertos cargos.
Constituyen poderes de los Diputados:
Los Diputados gozan de los siguientes derechos y privilegios:
Constituyen deberes de los Diputados:
Compete a la Asamblea de la República:
Compete a la Asamblea de la República en ejercicio de sus funciones de control:
Compete a la Asamblea de la República en relación a otros órganos:
Es competencia exclusiva de la Asamblea de la República Legislar sobre las siguientes materias:
Compete a la Asamblea de la República:
Los trabajos de la Asamblea y de las Comisiones serán asesorados por un cuerpo permanente de funcionarios técnico y Administrativo, o por especialista reclutados o temporalmente contratados en el número que el Presidente considere necesario.
El Gobierno es el órgano de conducción de la política general del país, y el órgano superior de la Administración Pública.
En el Programa del Gobierno constarán las principales orientaciones políticas y medidas a adoptar o a proponer en los diversos dominios de la actividad gubernamental.
Los miembros del Gobierno están vinculados al programa del Gobierno y a las deliberaciones del Consejo de Ministros.
El Gobierno es responsable ante el Presidente de la República y ante la Asamblea de la República.
El Gobierno puede solicitar a la Asamblea de la República la aprobación de un voto de confianza sobre una declaración política general o sobre cualquier asunto relevante de interés nacional
Compete al Gobierno, en el ejercicio de sus funciones administrativas:
Los Tribunales son independientes y sólo están sujetos a la ley.
En los hechos sometidos a enjuiciamiento, los tribunales no podrán aplicar normas que infrinjan lo dispuesto en la Constitución o los principios en ella consignados.
Serán públicas las audiencias de los Tribunales, salvo cuando el propio tribunal decida lo contrario, por auto motivado, para salvaguardar la dignidad de las personas y la moral pública y para garantizar su normal funcionamiento.
La ley asegura a los abogados las inmunidades necesarias para el ejercicio del mandato y regulará la protección forense, como elemento esencial en la Administración de Justicia.
Durante la vigencia del Estado de Guerra se formarán tribunales militares con competencias para el enjuiciamiento de delitos de naturaleza estrictamente militar.
El Tribunal Constitucional es el tribunal al que le compete específicamente administrar la justicia en materias de carácter jurídico-constitucional.
Las Administraciones locales tendrán potestad reglamentaria propia dentro de los límites de la Constitución, de las leyes y de los reglamentos emanados de las administraciones de grado superior o de las autoridades con poder tutelar.
Los órganos representativos de la parroquia son la Asamblea de la parroquia y el consejo parroquial.
El consejo parroquial es el órgano ejecutivo de la parroquia.
Las parroquias podrán constituir, de acuerdo con la ley, asociaciones para la administración de los intereses comunes.
La asamblea de la parroquia podrá delegar en las organizaciones ciudadanas aquellas tareas administrativas que no impliquen el ejercicio de las competencias de autoridad.
La creación o extinción de los municipios, así como la alteración de sus límites, se hará por ley, previa consulta con los órganos de las administraciones locales afectadas.
Los órganos representativos de los municipios son la asamblea municipal y el concejo municipal
La Asamblea Municipal es el órgano deliberativo del municipio y se compone de miembros elegidos directamente en número superior a los de los presidentes de la junta parroquial, que la integran.
El concejo municipal es el órgano ejecutivo del municipio.
Los municipios podrán constituir asociaciones y federaciones para la administración de intereses comunes, a los que la ley podrá atribuir funciones y competencias.
Las Regiones Administrativas serán creadas de forma simultánea, por ley, que definirá sus atribuciones, composición, competencia y el funcionamiento de sus instituciones, pudiendo establecer diferencias en cuanto al régimen aplicable a cada una.
Las regiones administrativas tendrán encomendada, señaladamente, la dirección de servicios públicos y tareas de coordinación y apoyo a la acción de los municipios respetando la autonomía de estos y sin limitación de sus respectivos poderes.
Las regiones administrativas elaborarán planes regionales y participarán en la preparación de los planes nacionales.
Los órganos representativos de las regiones administrativas serán la Asamblea Regional y de la Junta regional.
La Asamblea Regional es el órgano deliberativo de la región administrativa y estará constituido por miembros elegidos directamente, y por miembros, en número inferior al de los anteriores, elegidos por el sistema de representación proporcional y el método de la media más alta de la regla Hondt por el colegio electoral formado por los miembros de las asambleas municipales de la misma área designados por elección directa.
La Junta Regional es el órgano ejecutivo de la región.
En cada región podrá haber un representante del Gobierno, nombrado por el Consejo de Ministros, cuya competencia se ejercerá igualmente junto a la de las Administraciones locales existentes en el área respectiva.
La ley podrá determinar, en la medida estricta de las exigencias propias de las respectivas funciones, las restricciones al ejercicio de los derechos de expresión, reunión, manifestación, asociación y petición colectiva y a la capacidad electoral pasiva para los militares y agentes militarizados de los cuadros permanentes en servicio activo, así como para los agentes de los servicios y de las fuerzas de seguridad y, en el caso de estos, la no admisión del derecho de huelga, aun cuando se reconozca el derecho de asociación sindical.
Las leyes de reforma constitucional tendrán que respetar:
No puede llevarse a cabo ningún acto de reforma constitucional durante la vigencia del estado de Sitio o del estado de Excepción.
A la entrada en vigor de la ley prevista en el número 3 del artículo 239 los órganos de las corporaciones locales se constituirán y funcionarán en los términos de la legislación correspondiente al texto de la Constitución en la redacción que le ha sido dada por la ley constitucional N 1/92, de 25 de noviembre.
Lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 115 no prejuzga la posibilidad de convocatoria y realización de un referéndum sobre la aprobación del Tratado que instituya la construcción y profundización de la Unión Europea.