El Reino de Noruega es un Estado libre, independiente, indivisible e inalienable. La forma de gobierno es una monarquía limitada y hereditaria.
El Reino de Noruega es un Estado libre, independiente, indivisible e inalienable. La forma de gobierno es una monarquía limitada y hereditaria.
Nuestros valores continúan siendo nuestra herencia cristiana y humanista. La Constitución debe asegurar la democracia, el Estado de Derecho y los derechos humanos.
El poder ejecutivo reside en el Rey o en la Reina, si le hubiera sucedido en la Corona según las prescripciones del Artículo 6, del Artículo 7 o del Artículo 48 de esta Constitución. Cuando el poder ejecutivo reside de esta manera en la Reina, ella ostenta todos los derechos y obligaciones que, según esta Constitución y las leyes del país, corresponden al Rey.
El Rey profesará siempre la religión Evangélico-Luterana.
La persona del Rey es sagrada y no puede ser censurado ni acusado. La responsabilidad reside en su Consejo.
El orden de sucesión es lineal, de manera que sólo tiene derecho a sucesión el descendiente nacido del matrimonio legal del Rey y de la Reina, o de hombre y mujer que detenten para sí el derecho a la sucesión, de modo que tenga precedencia la línea más próxima sobre la más remota y la de más edad sobre la más joven.
El hijo que aún no hubiera nacido, hombre o mujer, será́ también incluido entre los derechohabientes a la sucesión y ocupará su propio puesto en la línea de sucesión tan pronto nazca.
Sin embargo, no tendrán derecho a la sucesión cualquier persona no nacidas en la línea directa de descendencia de los últimos Rey o Reina reinantes, o de un hermano o hermana de los mismos, ni si son ellos los propios hermanos o hermanas de los mismos.
Cuando nazca una princesa o un príncipe con derecho a sucesión al Trono de Noruega , su nombre y la hora de su nacimiento serán notificados al Parlamento, en su primera sesión, y debe ser registrado en el acta de sus protocolos.
Para los nacidos antes del año 1971, se aplicará el Artículo 6 de la Constitución tal como fue redactado el 18 de Noviembre de 1905. Para los nacidos antes del año 1990, todavía puede ser el caso de que el hombre tome precedencia sobre la mujer.
En el caso de que no hubiere princesa o príncipe con derecho a sucesión, el Rey podrá́ proponer un sucesor al Parlamento, que tendrá́ derecho a efectuar la elección si la propuesta del Rey no es aceptada.
La mayoría de edad del Rey será́ determinada por la Ley.
Tan pronto como el Rey alcance la mayoría de edad determinada por la ley, hará́ una declaración publica de haber cumplido la edad.
Tan pronto como el Rey, habiendo cumplido la edad, acceda al gobierno, prestará ante el Parlamento el siguiente juramento:
"Prometo y juro que gobernaré el Reino de Noruega de acuerdo con su Constitución y sus Leyes. Así́ me ayude Dios, Todopoderoso y Omnisciente."
Si en aquel momento el Parlamento no estuviera en sesión, el juramento se efectuará, por escrito, en el Consejo de Estado y será́ solemnemente repetido por el Rey en la primera subsiguiente reunión del Parlamento.
(Anulado)
El Rey deberá residir en el Reino y no podrá́ ausentarse por más de seis meses consecutivos sin consentimiento del Parlamento. De otro modo perderá́, para su persona, el derecho a la Corona.
El Rey no puede aceptar ninguna otra corona o gobierno sin el consentimiento del Parlamento, para lo cual se requieren dos tercios de los votos.
El propio Rey nombrará a un Consejo compuesto por ciudadanos noruegos con derecho a voto. Este Consejo estará́ formado por un Primer Ministro y por lo menos otros siete miembros.
El Rey distribuirá los asuntos entre los Miembros del Consejo de Estado según estime apropiado. En circunstancias extraordinarias, el Rey puede convocar a otros ciudadanos noruegos, además de los miembros del Consejo de Estado, aunque no sean miembros del Parlamento, para sentarse en el Consejo de Estado.
Nunca podrán sentarse a la vez en el Consejo de Estado, esposo y esposa, padres e hijos o dos hermanos.
Durante sus viajes dentro del Reino, el Rey puede delegar la administración del Reino al Consejo de Estado. El Consejo de Estado gobernará de parte del Rey y en su nombre. Observará escrupulosamente las disposiciones de esta Constitución así́ como las directivas particulares y concordantes de la misma forma en la que el Rey hubiera dispuesto.
Los asuntos encargados al Consejo se decidirán por votación y, en el evento de que haya un empato de votos, el Primer Ministro o, en su ausencia, el miembro del Consejo de Estado de mayor rango que esté presente, tendrá́ dos votos.
El Consejo de Estado preparará un informe para el Rey especificando las materias y cuestiones sobre las que se hayan tomado decisiones.
El Rey podrá nombrar Secretarios de Estado para asistir a los Miembros del Consejo de Estado en sus obligaciones fuera del Consejo de Estado. Cada Secretario de Estado actuará en nombre del Miembro del Consejo de Estado al que esté asignado, en la medida establecida por este miembro.
Cualquier persona que ocupe una posición en el Consejo de Estado tiene el deber de enviar su solicitud de renuncia una vez el Parlamento haya decidido emitir un voto de no confianza contra dicho miembro del Consejo de Estado o contra el Consejo de Estado como un todo.
El Rey está obligado a procesar dicha solicitud de renuncia.
Una vez el Parlamento haya emitido el voto de no confianza, el Consejero sólo podrá llevar a cabo aquellos asuntos requeridos para la finalización adecuada de sus funciones.
Todos los habitantes del Reino tienen el derecho al libre ejercicio de su religión.
La iglesia Noruega, evangélica luterana, continuará siendo la Iglesia Nacional de Noruega y, como tal, será apoyada por el Estado. Las provisiones detalladas de este sistema serán establecidas por la ley. Todas las comunidades religiosas y filosóficas deben ser apoyadas en pie de igualdad.
El Rey puede publicar y revocar ordenanzas relativas al comercio, a las tarifas de aduanas, a todos los sectores económicos y a la Policía, sin contradecir la Constitución o las leyes aprobadas por el Parlamento (como más adelante se prescribe en los Artículos 77, 78 y 79). Permanecerán en vigor provisionalmente hasta la próxima sesión del Parlamento.
Como regla general, el Rey velará para que sean recaudados los impuestos y tasas establecidos por el Parlamento.
El Rey se asegurará de que las propiedades y las prerrogativas del Estado se utilicen y sean administradas en la forma determinada por el Parlamento, para el interés público general.
El Rey tiene la facultad, en el Consejo de Estado, de otorgar el perdón a los delincuentes sancionados mediante sentencia. El delincuente podrá escoger entre aceptar el perdón del Rey o someterse a la pena impuesta.
En los procedimientos que el Parlamento lleve ante el Tribunal de Acusaciones, no podrá ser otorgado otro perdón que el indulto de la pena de muerte, a menos de que el Parlamento haya dado su consentimiento para ello.
El Rey escogerá y nombrará, previa consulta con su Consejo de Estado, a todos los altos funcionarios civiles y militares. Antes de que su nombramiento se haga efectivo, estos funcionarios jurarán o, si están legalmente exentos de prestar juramento, declararán solemnemente obediencia y lealtad a la Constitución y al Rey. Los altos funcionarios que no sean de nacionalidad noruega pueden ser legalmente relevados de este deber mediante ley. Los Príncipes Reales no podrán desempeñar cargos civiles superiores.
El Primer Ministro y los otros Miembros del Consejo de Estado, junto con los Secretarios de Estado, pueden ser destituidos por el Rey sin ningún proceso legal previo, después de oír al Consejo de Estado sobre el caso. Lo mismo se aplica a los altos funcionarios empleados en oficinas del Consejo de Estado o en los servicios diplomáticos y consulares, a los funcionarios civiles de más alto rango, a los comandantes de regimientos y otras formaciones militares, a los comandantes de fuertes y oficiales al mando de buques de guerra. En la reunión del Parlamento siguiente a la destitución, éste debe decidir si corresponde asignar pensiones a los altos funcionarios destituidos. Entretanto recibirán dos tercios del valor de su paga anterior.
Los demás altos funcionarios solamente pueden ser suspendidos por el Rey y deben ser sometidos sin dilación a un proceso ante las Cortes. En todo caso, no pueden ser destituidos sin juicio previo ni trasladados en contra de su voluntad.
Todos los altos funcionarios pueden, sin proceso legal previo, ser relevados de su empleo cuando lleguen al limite de edad establecido en la ley.
El Rey puede otorgar distinciones a quien le plazca, como premio a servicios distinguidos, y estas distinciones deberán ser anunciadas públicamente, pero ninguna de estas ordenes o condecoraciones podrá́ conferir titulo o rango distintas a las que correspondan a un cargo. La distinción no exime a nadie de los deberes comunes y gravámenes de los ciudadanos, ni otorga ninguna preferencia para el acceso a altos cargos en el Estado. Los altos funcionarios honorablemente relevados de su cargo, siguen ostentando el título y rango de las funciones de su cargo. Esto no es aplicable, sin embargo, a los Miembros del Consejo de Estado y a los Secretarios de Estado.
De ahora en adelante, no podrá otorgarse a nadie ningún privilegio hereditario, personal o mixto.
El Rey nombra y destituye, a su entera discreción, a los miembros de la Casa Real y a los oficiales de la Corte.
El Rey es comandante en jefe de las fuerzas de tierra y de las fuerzas navales del Reino. Estas fuerzas no pueden ser aumentadas ni disminuidas sin consentimiento del Parlamento. No pueden ser puestas al servicio de potencias extranjeras, y tampoco fuerzas militares de ninguna potencia extranjera pueden operar dentro del Reino sin el consentimiento del Parlamento, excepto fuerzas auxiliares que presten ayuda contra un ataque hostil.
El ejército territorial y las otras tropas que no pueden ser catalogadas como tropas de línea nunca podrán, sin el consentimiento del Parlamento, operar fuera de las fronteras del Reino.
El Rey tiene potestad para movilizar tropas, declarar hostilidades en defensa del Reino y pactar la paz, concertar y denunciar acuerdos, acreditar y recibir representaciones diplomáticas.
Los tratados sobre materias de especial importancia y, en todos los casos, los tratados cuya implementación requieran una nueva ley o una decisión del Parlamento según la Constitución, no entrarán en vigor hasta que hayan sido ratificados por el Parlamento.
Todos los miembros del Consejo de Estado deberán asistir a las reuniones del Consejo, salvo ausencia legalmente justificada, y ninguna decisión deberá ser adoptada a menos que esté presente más de la mitad de los miembros.
Las propuestas que se refieran a nombramientos en puestos de altos funcionarios y otros asuntos de importancia, serán presentadas al Consejo de Estado por el miembro responsable del departamento de donde procedan, y tales materias serán tramitadas por él de acuerdo con la decisión adoptada en el Consejo de Estado. No obstante, las materias referidas estrictamente al mando militar, en la medida que el Rey estime conveniente, podrán ser exceptuadas de este trámite.
Si un miembro del Consejo de Estado se encuentra legalmente impedido para asistir a una reunión o para presentar algún asunto concerniente a su departamento, estos podrán ser presentados por otro miembro designado temporalmente por el Rey para este propósito.
Si varios miembros se encuentran legalmente impedidos para asistir a una reunión, de modo que no pueda estar presente más de la mitad del número mínimo, pueden serán designados temporalmente para ocupar un puesto en el Consejo de Estado el número necesario de hombres o mujeres.
Todos los debates del Consejo de Estado serán registrados en sus actas. Las cuestiones diplomáticas que el Consejo de Estado decida mantener en secreto constarán en actas especiales. Lo mismo se hará con los asuntos del mando militar que el Consejo de Estado decida mantener en secreto.
Todo el que ocupe una posición en el Consejo de Estado tiene el deber de exponer francamente su opinión, que el Rey deberá escuchar. Pero la facultad de decidir reside sólo en el Rey, quien lo hará según su propio criterio.
Si algún miembro del Consejo de Estado estima que la decisión del Rey contraviene la forma de gobierno o las leyes del Reino, es su deber protestar enérgicamente contra ésta y exigir que su opinión conste en las actas. Un miembro que no haya protestado en estos términos se considerará en acuerdo con el Rey y puede ser responsable por ello posteriormente, e incluso ser acusado por el Parlamento ante el Tribunal de Acusaciones.
Todas las decisiones formuladas por el Rey deberán ser refrendadas para tener validez. Las decisiones relativas al mando militar serán refrendadas por la persona que hubiera planteado la cuestión, mientras que las demás decisiones serán refrendadas por el Primer Ministro o, en su ausencia, por el miembro de mayor rango dentro del Consejo de Estado que estuviera presente.
Las decisiones adoptadas por el Gobierno durante la ausencia del Rey serán adoptadas en nombre del Rey y serán firmadas por el Consejo de Estado
El Banco Norges es el banco central de Noruega.
El Rey regulará los títulos de quienes tengan derecho de sucesión a la Corona.
Tan pronto como el heredero o la heredera del trono haya cumplido dieciocho años, tendrá derecho a ocupar un puesto en el Consejo de Estado, aunque sin voz ni voto ni responsabilidad.
La princesa o el príncipe que tenga derecho de sucesión a la Corona de Noruega no podrá contraer matrimonio sin el consentimiento del Rey. Tampoco podrán aceptar otra corona o gobierno sin el consentimiento del Rey y del Parlamento. Para otorgar el consentimiento del Parlamento serán necesarios dos tercios de los votos. Si él o ella actuaran sin observancia de esta norma, tanto ellos como sus descendientes perderán el derecho al trono de Noruega.
Los príncipes y princesas reales sólo serán personalmente responsables ante el Rey o ante quien el Rey decrete tener jurisdicción sobre ellos.
(Anulado)
Si el Rey muere sin que el heredero del trono haya alcanzado la mayoría de edad, el Consejo de Estado convocará inmediatamente al Parlamento.
Mientras que el Parlamento no se haya reunido y tomado medidas para el gobierno durante el tiempo en que el Rey sea menor de edad, el Consejo de Estado será responsable de la administración del Reino, de acuerdo con la Constitución.
Si el Rey se encuentra ausente del Reino, excepto por mando en campaña; o si está tan enfermo que no pueda atender al gobierno, la persona más cercana a la sucesión en el trono podrá gobernar como ejecutor temporal de los poderes reales, siempre que haya alcanzado la mayoría de edad estipulada por el Rey. Si no se dieran estas circunstancias, el Consejo de Estado dirigirá la administración del Reino.
(Anulado)
El Parlamento elegirá los fideicomisarios para gobernar en nombre del Rey durante su minoría de edad.
La princesa o el príncipe que, en los casos mencionados en el Artículo 41, dirijan el Gobierno, prestará el siguiente juramento ante el Parlamento:
"Prometo y juro que gobernaré de acuerdo con la Constitución y las Leyes, con la ayuda de Dios Todopoderoso y Omnisciente."
Si en aquel momento el Parlamento no estuviera en sesión, el juramento deberá hacerse en el Consejo de Estado y será presentado después en la primera reunión del Parlamento.
La princesa o el príncipe que hubiera prestado juramento una vez, no tendrá que repetirlo posteriormente.
Tan pronto como termine su gestión en el gobierno, los fideicomisarios someterán al Rey y al Parlamento un informe y balance de la gestión.
Si las personas a quienes concierne dejaran de convocar inmediatamente al Parlamento de acuerdo con lo que estipula el Artículo 39, surge el deber incondicional de la Corte Suprema de disponer que el Parlamento sea convocado, cuando hayan transcurrido cuatro semanas.
La supervisión de la educación del Rey en tanto sea menor de edad deberá ser determinada por el Parlamento, en el caso de que tanto el padre como la madre hayan muerto y ninguno de ellos haya dejado instrucciones escritas al efecto.
Si la línea de sucesión real desapareciera por extinción, sin que hubiera sido designado sucesor al trono, el Parlamento deberá elegir una nueva Reina o un nuevo Rey. Mientras ello ocurre, el Poder Ejecutivo será ejercitado de acuerdo con lo que dispone el Artículo 40.
El pueblo ejercita el Poder Legislativo a través del Parlamento, que tiene dos Cámaras.
Los representantes al Parlamento serán elegidos mediante elecciones libres y secretas.
Los ciudadanos noruegos, hombres y mujeres, que hayan cumplidos los 18 años de edad a más tardar el año en que se celebran las elecciones, tienen derecho al voto.
La ley determinará de qué modo pueden ejercer su derecho al voto los ciudadanos noruegos que el día de las elecciones residan fuera del Reino pero satisfagan las condiciones mencionadas.
La ley establecerá las reglas concernientes al derecho al voto de las personas que normalmente ostentan este derecho, pero que en el día de las elecciones se encuentren manifiestamente en una situación de debilidad mental o con un nivel disminuido de conciencia.
Las normas que regulen la inscripción en las listas electorales y el registro en el censo electoral de las personas con derecho al voto serán determinadas por la ley.
(Anulado)
Las personas perderán su derecho al voto en los siguientes casos:
Las elecciones tendrán lugar cada cuatro años. Las elecciones deben concluir a finales de septiembre.
Las elecciones se efectuarán en la forma determinada por la Ley. Las discusiones sobre el derecho de voto serán resueltas por los oficiales electorales cuya decisión podrá ser apelada ante el Parlamento.
(Anulado)
El número de representantes que deben ser elegidos al Parlamento será ciento sesenta y nueve.
El Reino está dividido en diecinueve distritos electorales.
Ciento cincuenta de los representantes del Parlamento serán elegidos como representantes de los distritos ele orales y los restantes diecinueve representantes serán elegidos como miembros en general.
Cada distrito electoral debe tener al menos un escaño en el Parlamento.
El número de representantes al Parlamento que serán elegidos por cada distrito electoral se determinará con base en el cálculo de la razón entre el número de habitantes y el área de la superficie de cada distrito, y el número de habitantes y el área de la superficie del Reino entero, en donde cada habitante cuenta como un punto y cada kilómetro cuadrado cuenta como 1.8 puntos. Este cálculo se realizará cada ocho años.
Las normas específicas sobre la división del Reino en distritos y la asignación de escaños en el Parlamento para los distritos será establecida por la ley.
Las elecciones se llevarán a cabo de manera separada en cada municipalidad. Los votantes eligen directamente a los diputados del Parlamento para el conjunto de la circunscripción electoral juntamente con sus suplentes.
La elección de los representantes de las circunscripciones se basa en la representación proporcional, y los escaños se distribuyen entre los partidos políticos de acuerdo con las siguientes reglas.
El número total de votos obtenidos por cada partido dentro de cada circunscripción separada, se divide por 1.4,3,5,7, y así sucesivamente hasta que el número de votos obtenidos sea dividido tantas veces como escaños el partido pretenda obtener. Al partido que, después de estas operaciones, obtenga el cociente más grande, se le adjudicará el primer escaño, mientras que el segundo escaño se adjudicará al partido que haya obtenido el segundo mayor cociente, y así sucesivamente hasta que todos los escaños hayan sido asignados.
No están permitidas las alianzas entre listas de partidos.
Los escaños de carácter general se distribuirán entre los partidos admitidos a tomar parte en esta distribución sobre la base de la relación entre el número total de votos obtenidos por cada uno de estos partidos en el Reino entero con el fin de obtener el mayor grado posible de proporcionalidad entre los partidos. El número total de escaños de cada partido en el Parlamento se determinará aplicando las mismas reglas concernientes a la distribución de escaños para los distritos electorales correspondientes al Reino entero y a los partidos que tomen parte en la distribución de escaños generales. Se asignarán a los partidos el número de escaños de carácter general con los que, juntamente con los asignados en las circunscripciones, correspondan al número total de escaños que el partido tendrá en el Parlamento según los cálculos precedentes. Si un partido hubiera conseguido en la asignación de los escaños por circunscripción un número mayor de puestos que el que le corresponde según las reglas precedentes, se llevará a cabo otro reparto de escaños generales exclusivamente entre los demás partidos, de tal modo que no se tengan en cuenta el número de votos ni los escaños obtenidos por el mencionado partido.
Ningún partido podrá obtener un escaño general si no ha obtenido al menos el cuatro por ciento del número total de votos emitidos en el Reino entero.
Las normas específicas relativas a la distribución de los escaños generales asignados a los partidos serán determinadas por la ley.
Se determinará por ley cuándo y de qué manera los que tengan derecho al voto pueden entregar las papeletas de votación sin acudir personalmente a las urnas.
Nadie puede ser elegido representante al Parlamento a menos que tenga derecho al voto.
Los funcionarios empleados en los Departamentos del Gobierno, excepto los Secretarios de Estado y los asesores políticos, no pueden ser elegidos como representantes en el Parlamento. Lo mismo ocurre con los miembros de la Corte Suprema y los funcionarios empleados en los servicios diplomáticos y consulares.
Los miembros del Consejo de Estado no podrán atender las sesiones del Parlamento como representantes mientras formen parte del Consejo de Estado. Tampoco podrán hacerlo los Secretarios de Estado, en tanto ejerzan sus funciones, ni los asesores del los Departamentos de Gobierno.
Quien fuera elegido como representante tiene el deber de aceptar el cargo a menos que:
Las reglas sobre el plazo y la manera en que una persona puede ejercer su derecho a no aceptar la elección serán prescritas en la ley.
También se establecerá en la ley la fecha y la manera en que quien sea elegido como representante por dos o más distritos electorales debe elegir cuál elección aceptar.
A los representantes electos se les proporcionarán credenciales cuya validez será otorgada por el Parlamento.
Cada representante, y su apoderado o suplente, llamado a ocupar un escaño en el Parlamento tiene derecho a recibir del Tesoro Público la compensación fijada por la ley por los gastos de viaje de ida y vuelta al Parlamento, así como por los viajes del Parlamento a su domicilio y la vuelta durante las vacaciones que tengan al menos catorce días de duración.
Percibirá asimismo una remuneración por su participación en las sesiones del Parlamento, en la forma determinada por la ley.
Los representantes no podrán ser personalmente arrestados mientras estén en el Parlamento o en su camino de ida y vuelta hacia el mismo, a menos que sean aprehendidos cometiendo delitos en flagrancia, ni podrán ser perseguidos, fuera de las sesiones del Parlamento, por opiniones que hubieren expresado allí́. Cada representante está obligado a observar las normas de procedimiento adoptadas en el Parlamento.
Los representantes elegidos en la forma descrita constituirán el Parlamento del Reino de Noruega.
El Parlamento se reunirá, por regla general, el primer día laborable del mes de octubre de cada año en la capital del Reino, a menos que el Rey por causa de circunstancias extraordinarias, como una invasión enemiga o una enfermedad epidémica, designe otra ciudad del Reino para este propósito. Tal decisión deberá ser anunciada públicamente con la debida antelación.
Cuando el Parlamento no está reunido, puede ser convocado por el Rey, si él lo estima necesario.
(Anulado)
Los miembros del Parlamento actuarán como tales durante cuatro años consecutivos.
(Anulado)
El Parlamento nombrará al Presidente, cinco Vice-presidentes y dos secretarios. El Parlamento no podrá llevar a cabo reuniones a menos que al menos la mitad de sus miembros estén presentes. Sin embargo, las leyes relativas a las reformas de la Constitución no podrán ser tramitadas a menos que estén presentes al menos dos tercios de los miembros del Parlamento.
Tan pronto como el Parlamento haya sido constituido, el Rey o quien el Rey delegue para este efecto, abrirá la sesión con un discurso en el que informará sobre el estado del Reino y sobre los asuntos sobre los que desea llamar particularmente la atención del Parlamento. No se producirá ninguna deliberación en presencia del Rey.
Cuando las sesiones del Parlamento hayan sido abiertas, el Primer Ministro y los miembros del Consejo de Estado tendrán derecho a asistir a las sesiones del Parlamento y así como los demás miembros, pero sin voto, podrá participar en los debates públicos. En los asuntos discutidos en sesiones cerradas solo podrán asistir si así lo permite el Parlamento.
Corresponde al Parlamento:
Cada propuesta de ley se presentará primero al Parlamento, bien por uno de los miembros o por el Gobierno a través de un miembro del Consejo de Estado.
Si la proposición resulta aprobada, una nueva deliberación tendrá lugar en el Parlamento, quien la aprobará o la rechazará. En el último caso, la propuesta y los comentarios del Parlamento serán puestas nuevamente en consideración del mismo, quien la archivará o la aprobará con comentarios.
Entre cada una de estas deliberaciones deberán transcurrir, como mínimo, tres días.
Cuando una propuesta de ley haya sido aprobada por el Parlamento en dos sesiones consecutivas, será enviada al Rey para que reciba la ratificación real.
Si el Rey aprueba la propuesta, procederá a su ratificación, con lo cual ésta adquiere fuerza de ley.
Si no la aprueba, la devolverá al Parlamento declarando que no estima conveniente refrendarla por el momento. En este caso, la propuesta no podrá ser nuevamente enviada al Rey por el Parlamento.
Se convertirá en ley la propuesta que haya pasado, sin cambios, por dos sesiones del Parlamento, constituidas después de dos elecciones separadas y sucesivas y separadas una de otra por dos sesiones del Parlamento, sin que otra propuesta divergente se haya presentado al Parlamento en el periodo entre la primera y la última adopción, y que sea sometida luego al Rey con la petición de que Su Majestad no rehuse aprobar la propuesta de ley que, después de la más elaborada deliberación, considera el Parlamento ser beneficiosa. Esto ocurrirá incluso si la ley no recibe la refrendación real antes de que el Parlamento entre en receso.
El Parlamento permanecerá en sesión tanto tiempo como estime necesario y terminará sus actuaciones cuando haya resuelto todos sus asuntos.
De acuerdo con las normas de procedimiento adoptadas por el Parlamento, las actuaciones pueden abreviarse, pero deberán terminar a más tardar el último domingo del mes de septiembre.
Dentro de este plazo, el Rey comunicará su decisión sobre las propuestas de ley que aún no hayan sido decididas (según los Artículos del 77 al 79) bien sea confirmándolas o rechazándolas. Todas las que no hayan sido expresamente aceptadas se entenderá rechazadas por el Rey.
Todas las leyes (con excepción de las mencionadas en el Artículo 79) son promulgadas en nombre del Rey, bajo el sello del Reino de Noruega y en los siguientes términos: "Nosotros, X, damos a conocer públicamente: que la decisión del Parlamento de la fecha reseñada ha sido presentada ante Nosotros (sigue aquí́ el contenido de la decisión). Como consecuencia de ello, nosotros la hemos aprobado y confirmado, como por la presente lo hacemos para aprobar y confirmar esta como ley bajo nuestra mano y con el sello del reino.
El Gobierno proveerá al Parlamento toda la información que sea necesaria para las actuaciones en los asuntos que el Gobierno le envíe. Ningún miembro del Consejo de Estado debe emitir información incorrecta o confusa al Parlamento o a sus divisiones.
El Parlamento podrá solicitar la colaboración de la Corte Suprema en la interpretación de cuestiones de derecho.
El Parlamento se reunirá en sesión publica y sus actuaciones serán publicadas en prensa excepto en los casos en que una mayoría decida lo contrario.
Toda persona que obedezca una orden cuyo propósito fuera perturbar la libertad y seguridad del Parlamento, será culpable de alta traición contra la patria.
El Alto Tribunal del Reino decide en primera y última instancia los procesos promovidos por el Parlamento contra los Miembros del Consejo de Estado, de la Corte Suprema o del Parlamento, por actuaciones delictivas que pudieran haberse dado en ejercicio de sus funciones constitucionales.
Las normas específicas con respecto al proceso de acusación que seguirá el Parlamento de acuerdo con este Artículo serán determinadas por Ley. Sin embargo, el tiempo de prescripción de las acusaciones ante el Alto Tribunal del Reino no podrá ser inferior a quince años.
Los jueces del Alto Tribunal del Reino son seis miembros elegidos por el Parlamento y los cinco miembros con más años de servicio, nombrados de forma permanente como miembros de la Corte Suprema, incluyendo al Presidente de la Corte suprema. El Parlamento elige los miembros del Alto Tribunal y sus suplentes para un período de seis años. Los miembros del Consejo de Estado o del Parlamento no pueden ser elegidos miembros del Alto Tribunal del Reino. El Presidente de la Corte Suprema presidirá el Alto Tribunal del Reino.
Los miembros del Alto Tribunal del Reino elegidos por el Parlamento no perderá su posición en el Alto Tribunal si el periodo para el que han sido elegidos finaliza antes de que el Alto Tribunal del Reino haya terminado la vista del proceso. Tampoco perderá su posición en el Alto Tribunal el juez de la Corte Suprema que sea miembro del Alto Tribunal del Reino, incluso si renuncia a ser miembro de la Corte Suprema.
Las normas específicas relativas a la composición del Alto Tribunal del Reino y sus procedimientos serán establecidas mediante ley.
La Corte Suprema es el tribunal de última instancia. Sin embargo, la posibilidad de someter una causa ante el Tribunal Supremo podrá ser restringida por la ley.
La Corte Suprema estará compuesta por un Presidente y al menos otros cuatro miembros.
Cuando un asunto es llevado ante los tribunales, éstos tienen el derecho y el deber de revisar si las leyes y otras decisiones hechas por las autoridades del Estado son contrarias a la Constitución.
Contra las sentencias de la Corte Suprema no cabrá recurso alguno.
Nadie podrá ser designado Miembro de la Corte Suprema sin que haya cumplido la edad de 30 años.
Las autoridades del Estado respetarán y protegerán los derechos humanos tal y cómo están contemplados en esta Constitución y en los tratados de derechos humanos que son vinculantes para Noruega.
Todos los humanos tienen derecho a la vida. Nadie puede ser sentenciado a muerte. Nadie debe ser sujeto a tortura o a cualquier otro trato o castigo inhumano o degradante. Nadie puede ser esclavizado ni sometido a trabajos forzados. Las autoridades del Estado protegerán el derecho a la vida, oponiéndose a la tortura, a la esclavitud, al trabajo forzado, y a otras formas de tratos inhumanos o degradantes.
Nadie puede ser puesto en prisión o privado de su libertad excepto en los casos establecidos en la ley y de la manera en que ella lo disponga. La privación de la libertad debe ser necesaria y no puede constituir una agresión irrazonable.
La persona que se encuentra privada de su libertad en custodia, debe ser presentada ante un tribunal tan pronto como sea posible. Las demás personas que hayan sido privadas de su libertad, tienen la posibilidad de impugnar esta privación ante los tribunales a la mayor brevedad posible.
Aquellos que hayan arrestado a otros injustamente o que lo mantengan en prisión ilegalmente son responsables por esta persona.
Todas las personas tienen derecho a obtener la resolución de su caso en un juicio independiente e imparcial llevado a cabo por un tribunal dentro de un tiempo razonable. El juicio deberá ser justo y público. El tribunal puede ordenar que los tribunales no actúen de forma pública si intereses relativos a la privacidad de las partes u otros intereses públicos sustanciales lo hacen necesario.
Las autoridades del Estado protegerán la independencia y la imparcialidad de los tribunales y los jueces.
Nadie puede ser condenado excepto si se hace mediante los procedimientos legales. Nadie puede ser castigado hasta que una sentencia judicial así lo dicte.
Todas las personas tienen derecho a ser presumidas inocentes hasta que se demuestre lo contrario de acuerdo con la ley.
Nadie puede ser sentenciado a perder sus bienes inmuebles o todos sus activos, a menos que su valor sea destinado para un asunto relativo a o que sean el resultado de un acto ilegal.
Ninguna ley tendrá efectos retroactivos.
Todas las personas son iguales ante la ley.
Ninguna persona será sujeta a discriminación injusta o irrazonable.
(Anulado)
Habrá libertad de expresión.
Nadie podrá ser castigado por haber emitido o recibido información, ideas o mensajes, a menos que esto pueda ser justificado en las bases mismas de la libertad de expresión, que son la búsqueda de la verdad, la promoción de la democracia y la libertad de formar la opinión individualmente. La responsabilidad legal en estos casos será establecida por la ley.
Todas las personas son libres de expresar su opinión francamente sobre la administración del Estado o sobre cualquier otra materia. Las limitaciones a este derecho deben estar claramente definidas y sólo pueden ser impuestas cuando así lo justifiquen consideraciones bien ponderadas concernientes a las bases mismas de la libertad de expresión.
No puede ordenarse la censura previa y otras medidas preventivas a menos que así se requiera para proteger a los niños y a los jóvenes de la influencia dañina de películas fuertes. La censura a la correspondencia sólo puede ser impuesta dentro de las instituciones.
Todas las personas tienen derecho a acceder a documentos del Estado y de la administración municipal, y tienen el derecho a seguir las actuaciones de los tribunales y los cuerpos democráticamente elegidos. Las limitaciones a este derecho serán prescritas por la ley con el fin de proteger la privacidad de los individuos o por otras consideraciones de peso.
Es responsabilidad de las autoridades del Estado crear condiciones que faciliten los discursos públicos abiertos y constructivos.
Todas las personas tienen derecho a crear, formar parte y salir de organizaciones, tanto en asociaciones laborales como en partidos políticos.
Todas las personas pueden encontrarse en protestas y asambleas pacíficas.
El Gobierno no está autorizado para desplegar las fuerzas militares contra los ciudadanos del Estado, excepto cuando de acuerdo con la ley, dicha asamblea perturbe la paz pública y no se disuelva inmediatamente después de que la autoridad civil lea tres veces a la asamblea, de manera clara y en alta voz, las normas relativas a los disturbios.
Todas las personas tienen derecho a que sea respetada su vida privada y familiar, su domicilio y su correspondencia. No pueden efectuarse registros domiciliarios en residencias privadas, excepto los que deriven de causas criminales.
Las autoridades del Estado garantizarán la protección de la integridad personal.
(Anulado)
Los niños tienen derecho a ser respetados por su valor humano. Tienen derecho a ser escuchados en las cuestiones que los involucran, y debe dársele peso a su opinión de acuerdo con su edad y madurez.
El interés superior del niño debe ser una preocupación fundamental en las acciones y decisiones relativas a un niño.
Los niños tienen derecho a la protección de su integridad personal. Las autoridades del Estado crearán las condiciones que permitan el desarrollo del niño. Por lo tanto asegurarán su seguridad económica y social, así como los estándares necesarios relativos a la salud del niño, preferiblemente dentro de su propia familia.
Si el bienestar del Estado precisa que algún ciudadano deba ceder sus bienes muebles o inmuebles para el uso público, recibirá plena compensación por parte del Tesoro.
Todas las personas que tengan residencia legal en el Reino pueden moverse libremente dentro de sus fronteras y escoger allí su lugar de residencia.
Nadie puede ser obligado a dejar el Reino a menos de que sea necesario para garantizar una investigación efectiva o para prestar servicio militar obligatorio. No puede negarse a los ciudadanos noruegos el acceso al Reino.
(Anulado)
Es responsabilidad de las autoridades del Estado crear las condiciones que permitan que el pueblo Sami o Iapón conserve y desarrolle su idioma, su cultura y su forma de vida.
Todas las personas tienen derecho a la educación. Los niños tienen derecho a recibir educación básica. La educación debe atender a las habilidades y las necesidades individuales, y fomentar el respeto por la democracia, el Estado de Derecho y los derechos humanos.
Las autoridades del Estado deben asegurar el acceso a la educación secundaria, y la igualdad de oportunidades a la educación superior con base en el mérito.
Las autoridades del Estado deberán crear las condiciones que permitan a cada persona con capacidad para laborar, ganarse la vida mediante el trabajo o los negocios. Quien no sea capaz de garantizar por sí mismo su sustento tiene el derecho a recibir apoyo del Estado.
Las normas específicas concernientes a los derechos de los empleados a participar en el cogobierno en los lugares de trabajo serán dispuestas por ley.
(Anulado)
Todas las personas tienen derecho a disfrutar de un ambiente que asegure la salud y a un ambiente natural cuya capacidad productiva y diversidad sean preservadas. Los recursos naturales serán utilizados partiendo de consideraciones integrales y de largo plazo, que salvaguarden este derecho también para generaciones venideras.
Para salvaguardar su derecho de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo precedente, los ciudadanos tienen derecho a recibir información sobre el estado del entorno natural y sobre los efectos de cualquier invasión a la naturaleza que se planee o que haya comenzado.
Las autoridades del Estado dictarán disposiciones más detalladas para la realización de estos principios.
Las autoridades del Estado requieren una justificación legal para invadir los espacios de los individuos.
Los cargos de altos funcionarios del Estado solo pueden ser asignados a ciudadanos noruegos, hombres o mujeres, que hablen el idioma del país y que, al mismo tiempo:
No obstante, otras personas podrán ser nombradas catedráticos de Universidad y otras instituciones de enseñanza superior, tales como los practicantes de medicina y los cónsules en el extranjero.
Con el fin de salvaguardar la paz y la seguridad internacional o para promover el respeto a la regla de derecho a nivel internacional y la cooperación entre las naciones, el Parlamento podrá, por una mayoría de tres cuartos, aprobar que una organización internacional a la que Noruega pertenezca o a la que adhiera posteriormente tenga el derecho, dentro de campos definidos objetivamente, a ejercer los poderes de los que están normalmente investidas las autoridades noruegas de acuerdo con esta Constitución, excepto el poder de alterarla. Para que el Parlamento logre este consentimiento, al menos dos tercios de los miembros del Parlamento deben estar presentes, tal como es requerido en el procedimiento para reformar la Constitución.
Las disposiciones de este artículo no aplican en los casos de membresía a una organización internacional cuyas decisiones sólo sean vinculantes para Noruega bajo la ley internacional.
El precio de venta y los ingresos provenientes de fincas y beneficios eclesiásticos sólo podrán ser destinados para el beneficio del clero y el desarrollo de la educación. La propiedad de las instituciones de caridad se empleará solamente en beneficio de las propias instituciones.
Los derechos alodiales y el derecho de primogenitura no serán abolidos. Las condiciones especificas bajo las cuales estos derechos continuarán en beneficio del Estado y para el mejor provecho de la población rural, serán determinadas por el primer o el subsiguiente segundo Parlamento.
En el futuro no se establecerán nuevos condados, baronías, mayorazgos ni fideicomisos.
Como regla general, cada ciudadano del Estado está igualmente obligado a servir en defensa de la patria por un determinado periodo, independientemente de su nacimiento y fortuna.
La aplicación de este principio, y las restricciones a que pudiera estar sujeto, se determinarán por ley.
La forma y los colores de la bandera noruega se determinarán mediante ley.
Si la experiencia demuestra que una parte de la presente Constitución del Reino de Noruega debe ser enmendada, la propuesta para este efecto deberá ser sometida al primer, segundo o tercer Parlamento después de unas Elecciones Generales nuevas y debe ser públicamente anunciada en la prensa. Será solamente el primero, segundo o tercer Parlamento después de las siguientes elecciones legislativas quien decidirá si la enmienda propuesta debe ser adoptada. Dicha enmienda nunca puede contradecir los principios encarnados en esta Constitución. Al contrario, solamente se relacionarán con modificaciones de normas particulares que no alteren el espíritu de la Constitución. Dicha enmienda requiere que dos partes del Parlamento acuerden llevar a cabo dicha enmienda.
La enmienda a la Constitución adoptada en la forma expuesta anteriormente deberá ser firmada por el Presidente y el Secretario del Parlamento y será remitida al Rey de forma impresa, para su público anuncio como una disposición de la Constitución del Reino de Noruega.